13- OTROS

13.1 Régimen municipal

Deber de Concejo Municipal de dilucidar posibles discrepancias entre alcalde y vicealcalde primero.

Por último, también resulta oportuno aclarar que el conflicto o discrepancia que pudiera surgir entre el alcalde y el primer vicealcalde, respecto de la naturaleza de las funciones administrativas u operativas que correspondan al segundo, debe ser dilucidado por el Concejo Municipal respectivo.

N.° 2037-E8-2011 de las doce horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil once. Opinión consultiva formulada por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez, alcalde propietario de la Municipalidad de La Cruz, provincia Guanacaste, respecto de la posibilidad de asignarle funciones al segundo vicealcalde.